martes, 25 de febrero de 2014

Cámara de Diputados

Será obligatorio para los jueces de lo familiar ordenar que a los padres en proceso de divorcio se les apliquen pruebas periciales: Labastida Sotelo
* Tanto en materia de trabajo social, como de psicología familiar
Francisco Rodríguez

La diputada federal del PAN de la Cámara de Diputados, Karina Labastida Sotelo aseguró que será obligatorio para los jueces de lo familiar ordenar que a los padres en proceso de divorcio se les apliquen pruebas periciales tanto en materia de trabajo social, como de psicología familiar para que, en base a los resultados, el juzgador cuente con datos objetivos al momento de determinar quién de los progenitores debe ejercer la guarda y custodia de sus hijos, cuando no exista un acuerdo mutuo al respecto entre los cónyuges.
Ello, luego de que el pleno de la Cámara baja aprobó la iniciativa presentada por la legisladora de Acción Nacional, Karina Labastida de realizar reformas y adiciones a los artículos 416 del Código Civil Federal y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, a fin de fortalecer el derecho de los menores de edad a una sana convivencia con sus progenitores y familiares, independientemente de que habiten en domicilio distinto.
“La alienación parental es un fenómeno que cada año en nuestro país afecta a por lo menos 180 mil niñas, niños y adolescentes, y se presenta cuando los padres se enfrentan en un proceso de divorcio; consiste en que uno de los progenitores manipula psicológica sobre su hijo con el propósito de crear en él una imagen distorsionada con respecto al otro progenitor al grado de que lo rechace  y de esa manera obtener cierta ventaja sobre la pareja cuando el juez determine quién de los padres debe tener la guarda y custodia de ese menor de edad”, dijo en entrevista la legisladora federal.
La también secretaria de la Comisión de Justicia explicó que actualmente la ley no establece la obligatoriedad de que se realicen dichas pruebas periciales, por lo que sólo a petición expresa de una de las partes o bien del Ministerio Público se llevan a cabo esos exámenes.
Por último, la diputada Karina Labastida aclaró que el cónyuge que no ostente la guarda y custodia de sus hijos, seguirá teniendo la obligación de colaborar en su alimentación y también conservará los derechos de vigilancia y convivencia con el menor, conforme a las modalidades previstas en el convenio o resolución judicial.

El proyecto de decreto fue aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados con 427 votos a favor, 6 abstenciones y cero en contra.

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